El Tribunal Supremo estima totalmente un recurso de Rey Quiroga Fiscalistas y sienta nueva jurisprudencia sobre la caducidad de las sanciones.

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El Tribunal Supremo en la reciente Sentencia de 18 de diciembre de 2023 estima un recurso de Casación interpuesto por Rey Quiroga Fiscalistas, en defensa de los intereses de uno  de sus clientes (notario), por entender que hay interés jurisprudencial y casa (anula) la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 11 de febrero de 2022, sentando nueva jurisprudencia sobre la caducidad de las sanciones.

A partir de ahora, cualquier Tribunal de Justicia Sentenciador que advierta del expediente, o de su relación con otro, la posible caducidad de un procedimiento sancionador tributario tendrá que dar trámite de audiencia a las partes y deberá proceder de oficio a su análisis y resolución, sin necesidad de que haya sido alegada previamente por alguna de las partes.

Este tema tiene interés también para otros contribuyentes debido a que en el año 2022 también Rey Quiroga Fiscalistas había logrado tras la estimación de dos Sentencias de otros clientes suyos, también notarios, por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña una nueva doctrina que rechaza el criterio de la AEAT en el cómputo del plazo de caducidad, lo que implica que muchas sanciones actualmente recurridas pueden estar caducadas.